Documento oficial acreditativo de la propiedad del vehículo, que pueden ser:
- Se admite la representación voluntaria mediante un poder especial, siempre que proceda y una o ambas partes no pueden concurrir al acto.
- Si el vehículo de motor es propiedad del matrimonio deben comparecer ambos cónyuges, de no comparecer alguno de ellos puede emitir su autorización también en escritura pública.
- Concurrir ambas partes: DONANTE (el que dona) y DONATARIO (el que la recibe) con sus respectivos CARNÉ DE IDENTIDAD.
- Contrato de compraventa con una entidad comercializadora
- Copia autorizada de la escritura pública.
- Resolución judicial con expresión de su firmeza.
- Certificación de su inscripción en el Registro de Vehículos del Ministerio del Interior.
La Tarifa Notarial de este acto es de $20.00
Término: hasta 5 días.
Leer más...