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    • Inscribir a recién nacidos en hospitales antes que la madre reciba el alta +

      Se requiere la presentación: Carné de identidad de los padres y que la dirección de la madre corresponda con la Ver artículo completo
    • Expedir certificaciones de Capacidad Legal de cubanos residentes en el territorio nacional para formalizar matrimonio con extranjeros +

      Es un trámite personal. Se solicita en el lugar donde obre la inscripción o resida el promovente. Ver artículo completo
    • Subsanar errores u omisiones registrales en el lugar donde obre la inscripción o resida el promovente +

      Los interesados deberán presentar ante el Registrador: Carné de identidad, Escrito de solicitud, Certificación donde conste el error y Documentos Ver artículo completo
    • Cambiar, adicionar, modificar o suprimir nombres y/o apellidos +

      El promovente aportará: Carné de identidad, Escrito de solicitud, Certificación de nacimiento, Certificación de matrimonio, Certificaciones de nacimientos de hijos, Ver artículo completo
    • Inscripción de nacimiento fuera de término +

      El promovente presentará: Carné de identidad, Escrito de solicitud, Certificación negativa del nacimiento, Declaración Jurada ante un notario público, Documentos Ver artículo completo
    • Inscripción de matrimonio fuera de término +

      El promovente presentará: Carné de identidad, Escrito de solicitud, Copia autorizada del documento mediante el cual se formalizó el acto Ver artículo completo
    • Inscripción de defunción fuera de término +

      El promovente presentará: Carné de identidad. Escrito de solicitud. Certificación médica de defunción si existiere. Certificado del lugar donde fue Ver artículo completo
    • Declaración Jurada para trámite registral +

      Se solicitará la presentación del carné de identidad del solicitante y de los testigos, según su caso. Ver artículo completo
    • Reconocimiento de filiación de padres a hijos(as). +

      Se presentará: Carné de identidad de la madre y el padre Declaración Jurada de ambos padres ante el registrador o Ver artículo completo
    • Formalización de matrimonio +

      Los contrayentes aportarán al registrador: Carné de identidad Documento que acredite el estado conyugal En el caso de la mujer Ver artículo completo
    • Expedir certificaciones o negativas basadas en los asientos que obren en cualquiera de las oficinas registrales del territorio nacional +

      Expedir certificaciones basadas en los asientos que obren en cualquiera de las oficinas registrales radicadas en el territorio nacional y Ver artículo completo
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    La Resolución No. 251 de 1 de diciembre de 2015 de la Ministra de Justicia establece para el funcionamiento y la prestación de los servicios de los Registros del Estado Civil los términos siguientes:

    Inscripciones:

    • Nacimiento hasta 2 días.
    • Matrimonio y defunción 1 día.
    • Notas marginales hasta 3 días.

    Notificaciones a registros y tribunales:

    • Resoluciones dictadas hasta 3 días.
    • Notas marginales cumplidas hasta 5 días.

    Expedientes de:

    • Subsanación de error, omisión o adición hasta 5 días.
    • Cambio, modificación, supresión de nombres o apellidos hasta 5 días.
    • Inscripción fuera de término hasta 5 días.
    • Inscripción de matrimonio religioso hasta 5 días.
    • Reconstrucción o reinscripción de asientos hasta 5 días.

    Formalización de matrimonio:

    • Hasta 5 días o según acuerdo de las partes.

    Otros actos:

    • Denegación del reconocimiento de filiación hasta 2 días.
    • Denegación del nombre en el modelo de solicitud de inscripción de hasta 2 días.
    • Denegación de solicitud de inscripciones hasta 2 días.
    • Tomar declaraciones hasta 2 días.

    Expedición de certificaciones del Registro del Estado Civil:

    • Si el asiento es del propio registro y está en el SIREC hasta 2 días.
    • Si el asiento es del propio registro hasta 5 días.
    • Si el asiento es de otro registro de la provincia o fuera de esta y tiene conexión hasta 7 días Si el asiento es de otro registro de la provincia o fuera de esta y no tiene conexión hasta 15 días.

    Nota:

    • Los términos establecidos en la presente se cuentan en días hábiles.
    • Las certificaciones no tienen vencimiento, con excepción de las de soltería y capacidad legal que su vigencia es de seis (6) meses, a partir de la fecha de su expedición.

    Últimos comentarios publicados

    • 5 meses atrás
      Para los compañeros de Deportes, el merecido reconocimiento.

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    • 2 años atrás
      Muy interesante la historia de esta joven educadora.

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    • 2 años atrás
      Felicitaciones para ese Instructor de Arte.

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