Compraventa de vivienda

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    • Concurrir ambas partes con sus respectivos carnés de identidad ante Notario con sede en el municipio donde se encuentre enclavado el inmueble.
    • Si la vivienda es propiedad del matrimonio o el comprador es casado, tienen que comparecer los dos cónyuges.
    • Se admite la representación voluntaria mediante un poder especial, siempre que proceda, y una o ambas partes no puedan concurrir al acto.
    • Documento oficial acreditativo de la titularidad de la vivienda, que puede ser:
    • Copia autorizada de la escritura pública.
    • Título expedido por autoridad administrativa.
    • Resolución judicial con expresión de su firmeza.
    • Certificación expedida por el Registro de la Propiedad del municipio donde se encuentre enclavado el inmueble.
    • Documento de la sucursal bancaria acreditativo de la liquidación total de los adeudos por concepto de pago de transferencia de su propiedad (Modelo 02-20).
    • Ambas partes declararán ante Notario el precio real de la venta, y el comprador, presentará el cheque de gerencia emitido por la sucursal bancaria, acreditativo del depósito del dinero acodado por las partes, el que caducará a los sesenta (60) días contados a partir de la fecha de su emisión.

    La Tarifa Notarial de este acto es de $35.00 CUP.

    Últimos comentarios publicados

    • 7 meses atrás
      Para los compañeros de Deportes, el merecido reconocimiento.

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    • 2 años atrás
      Muy interesante la historia de esta joven educadora.

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    • 2 años atrás
      Felicitaciones para ese Instructor de Arte.

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