Reconocimiento de filiación de padres a hijos(as).

Se presentará:

  • Carné de identidad de la madre y el padre
  • Declaración Jurada de ambos padres ante el registrador o notario.

En los casos de cubanos residentes en el exterior o extranjeros deben acreditar la escritura de reconocimiento autorizada por notario público y el documento expedido por la Dirección de Inmigración y Extranjería, acreditando las fechas de entrada y salida del país de dichas personas.